Saltar al contenido
El Arte de Mudarse
Bogotá

Restricciones para camiones de trasteo en Bogotá: horarios 2026

Restricciones para camiones de trasteo en Bogotá 2026: horario legal, pico y placa de carga, límite de 8,5 toneladas y La Candelaria. Evita multas.

Por el equipo editorialActualizado el 7 min de lectura

En resumen

  • Ningún vehículo con trasteo puede circular en Bogotá entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m., según el Decreto Distrital 495 de 2002.
  • Los vehículos de carga con más de 20 años de antigüedad no circulan de lunes a viernes de 6:00 a 8:00 a.m. ni de 5:00 a 8:00 p.m., y los sábados tienen pico y placa por último dígito.
  • Los camiones de más de 8,5 toneladas tienen restricción en horas pico entre semana dentro de una zona delimitada, y los de más de 3,5 toneladas no pueden entrar nunca al sector de La Candelaria.
  • Las reglas de carga se recogen hoy en el Decreto 652 de 2025 y la Secretaría de Movilidad publica el calendario cada mes: verifícalo antes de reservar.
Contenido de esta guía

Las restricciones para camiones de trasteo en Bogotá se resumen en cuatro reglas: un horario general para cualquier vehículo con trasteo (de 6:00 a.m. a 6:00 p.m.), un pico y placa para vehículos de carga con más de 20 años, una restricción en horas pico para camiones de más de 8,5 toneladas y una zona prohibida para camiones de más de 3,5 toneladas en La Candelaria. Si tu camión es relativamente nuevo y no es muy pesado, prácticamente solo te afecta la primera.

El problema es que muchos camiones de trasteo en Bogotá son modelos viejos, y ahí sí entran en juego el pico y placa de los sábados y las franjas prohibidas entre semana. Esta guía te explica cada regla, cómo saber si aplica a tu camión y cómo armar el horario del día para no perder plata en multas o esperas.

Ojo Las normas de tránsito de Bogotá cambian con frecuencia y hoy están compiladas en el Decreto 652 de 2025 (decreto único del sector movilidad), que ya ha tenido modificaciones. Lo que lees aquí es la regla vigente a octubre de 2026; confirma siempre en la Secretaría Distrital de Movilidad (SDM) antes de reservar.

Regla 1: el horario de trasteo (para todos)

El Decreto Distrital 495 de 2002 restringe en todo el territorio de Bogotá la circulación de cualquier vehículo que transporte trasteos entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m. Aplica todos los días, sin importar el tamaño o la edad del vehículo.

En la práctica significa que:

  • El camión no debería estar cargado en la vía antes de las 6:00 a.m.
  • El descargue tiene que terminar, o al menos el camión debe dejar de circular con carga, antes de las 6:00 p.m.
  • Si tu trasteo es largo (por ejemplo, de Suba a Bosa con una casa de cuatro habitaciones), programa el arranque temprano para tener margen.

Además, tu conjunto puede tener un horario más corto. Eso lo explicamos en la guía de trasteo en conjunto residencial.

Regla 2: vehículos de carga con más de 20 años

Esta es la que más afecta a los trasteos, porque una parte importante de los camiones del gremio son de modelos antiguos. Según la SDM, para vehículos de carga con más de 20 años de antigüedad (incluye camionetas de estacas, furgón, estibas y panel):

Día Restricción Horario
Lunes a viernes No circulan, sin importar la placa 6:00 a 8:00 a.m. y 5:00 a 8:00 p.m.
Sábados Pico y placa por último dígito (pares o impares, alternando) 5:00 a.m. a 9:00 p.m.
Domingos y festivos Sin restricción por esta medida

El calendario de los sábados cambia cada mes: un sábado circulan las placas terminadas en número par y el siguiente las terminadas en impar, y así sucesivamente. La SDM y bogota.gov.co publican el calendario mensual con las fechas exactas.

Consejo Cuando cotices, pregunta el modelo del camión y el último dígito de la placa. Si es un modelo de hace más de 20 años y tu trasteo cae un sábado, cruza la placa con el calendario del mes. Si cae entre semana, el camión no puede arrancar cargado antes de las 8:00 a.m. ni seguir rodando entre las 5:00 y las 8:00 p.m.

Cómo afecta esto tu día de trasteo

Si el camión tiene más de 20 años y el trasteo es entre semana, la restricción es para el vehículo, vaya cargado o vacío. En la práctica, tu ventana útil para que el camión ruede es de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. Eso significa que el camión no puede llegar a tu portería a las 7:00 a.m. (salvo que ya esté parqueado desde antes de las 6:00 a.m., algo que pocos conjuntos permiten) y que a las 5:00 p.m. debe estar detenido. Un trasteo grande con un camión viejo entre semana se vuelve apretado; a veces conviene un camión más nuevo o un domingo, si tu conjunto lo permite.

Regla 3: camiones de más de 8,5 toneladas

Los vehículos de carga que superan 8,5 toneladas tienen restricción de lunes a viernes de 6:00 a 8:00 a.m. y de 5:00 a 8:00 p.m., dentro de una zona delimitada del perímetro urbano. Fines de semana y festivos no aplica.

¿A qué camiones de trasteo afecta? La cifra se refiere al peso bruto vehicular que figura en la licencia de tránsito, no a la carga que lleva.

Vehículo típico de trasteo Uso habitual ¿Supera 8,5 t de peso bruto?
Camioneta o van Apartaestudio, pocas cajas No
NHR Apartamento de 1 a 2 habitaciones No, en general
NPR Apartamento de 2 a 3 habitaciones En la mayoría de casos no
Turbo Casa o apartamento grande Depende del modelo; algunos sí
Doble troque o mula Trasteos nacionales o de oficina Sí

Dato Si no sabes qué camión necesitas, la calculadora de trasteo estima los metros cúbicos de tus muebles y te sugiere el tipo de vehículo. Elegir el camión justo evita pagar de más y, en Bogotá, también puede evitarte restricciones.

Regla 4: La Candelaria y el centro histórico

Los vehículos de carga de más de 3,5 toneladas no pueden circular en ningún horario en el sector de La Candelaria comprendido entre la Carrera 9 y la Avenida Circunvalar, y entre la Avenida Jiménez y la Calle 7. Las calles son angostas, empedradas en algunos tramos y con mucho flujo peatonal.

Si llegas o sales de La Candelaria:

  • Usa una camioneta o un vehículo pequeño que esté por debajo de 3,5 toneladas.
  • Si tienes mucho volumen, considera un transbordo: el camión grande espera fuera del perímetro y una camioneta hace varios viajes.
  • Pregunta en el edificio si hay dónde parquear al frente. En muchas cuadras no hay bahías y los tiempos de cargue deben ser cortos.

Otras medidas que pueden cambiar tu plan

  • Alertas ambientales. Cuando la calidad del aire empeora, el Distrito puede activar restricciones adicionales para vehículos de carga, por zonas y horarios. Se anuncian con poca anticipación, así que revisa noticias de la SDM la semana del trasteo.
  • Día sin carro y sin moto. Tiene su propio esquema de excepciones. Si tu trasteo coincide con esa fecha, verifica si el vehículo de carga puede circular.
  • Pico y placa de tu carro particular. Si vas a llevar cajas en tu propio carro, recuerda que en 2026 el pico y placa para particulares funciona de lunes a viernes de 6:00 a.m. a 9:00 p.m.: en días impares circulan las placas terminadas en 1 a 5, y en días pares las terminadas en 6 a 0.
  • Pico y placa regional. Si vuelves a Bogotá desde fuera un festivo o un domingo de puente, puede aplicar la restricción de ingreso por par e impar en la tarde. Es relevante para trasteos intermunicipales, como el trasteo Bogotá - Medellín.

Cómo armar el horario del día sin riesgo

Un ejemplo para un trasteo entre semana con un NPR de más de 20 años, de Cedritos a Modelia:

  1. Antes de las 8:00 a.m. Tú y la cuadrilla dejan todo embalado y bajan cajas al primer piso o a la portería, si el conjunto lo permite. El camión todavía no puede circular.
  2. 8:00 a 8:30 a.m. El camión sale hacia tu conjunto en cuanto termina la franja restringida.
  3. 8:30 a 11:00 a.m. Cargue. Con las cajas ya abajo, este tiempo se reduce bastante.
  4. 11:00 a.m. a 12:30 p.m. Recorrido cargado por la ciudad (la Avenida Boyacá o la NQS a media mañana suelen fluir mejor que a primera hora).
  5. 12:30 a 4:00 p.m. Descargue y armado de muebles.
  6. Antes de las 5:00 p.m. El camión debe haber salido de la vía o estar detenido hasta las 8:00 p.m., y de todas formas el trasteo con carga termina a las 6:00 p.m.

Si el camión tiene menos de 20 años y está por debajo de 8,5 toneladas, el único límite que te aplica es el de 6:00 a.m. a 6:00 p.m. del horario de trasteo, más el del conjunto.

Consejo Cuando contrates, deja por escrito en la cotización la placa del vehículo, la hora de llegada y quién asume el costo si el camión queda inmovilizado o multado por una restricción. Para comparar ofertas con criterio, revisa cómo elegir empresa de mudanzas y cuánto cuesta un trasteo en Bogotá.

Qué pasa si no cumples

Circular en un horario restringido es una infracción de tránsito que puede terminar en comparendo y, según el caso, en inmovilización del vehículo. Para ti, el problema práctico es peor que la multa: si el camión se va a los patios con tus muebles adentro, recuperar las cosas puede tomar días. Por eso la responsabilidad de cumplir la restricción debe quedar en cabeza de quien presta el servicio, y tú debes verificar los datos antes.

Dónde verificar las restricciones para camiones de trasteo en Bogotá

  • Secretaría Distrital de Movilidad (movilidadbogota.gov.co): normas vigentes, preguntas frecuentes y avisos de alertas.
  • Bogotá.gov.co, sección Movilidad: publica cada mes el calendario de pico y placa para carga y para particulares.
  • Licencia de tránsito del vehículo: modelo (para la regla de 20 años) y peso bruto vehicular (para la regla de 8,5 toneladas).

Tu siguiente paso: pide a quien te vaya a trastear la placa, el modelo y el peso bruto del camión, cruza esos datos con el calendario del mes en bogota.gov.co y, con eso, fija la hora de llegada.

Preguntas frecuentes

¿Los camiones de trasteo tienen pico y placa en Bogotá?

El pico y placa de carga aplica a vehículos con más de 20 años de antigüedad: los sábados de 5:00 a.m. a 9:00 p.m. según el último dígito, y entre semana no circulan de 6:00 a 8:00 a.m. ni de 5:00 a 8:00 p.m. Un camión más nuevo no tiene pico y placa por dígito.

¿Hasta qué hora se puede hacer un trasteo en Bogotá?

Hasta las 6:00 p.m. El Decreto Distrital 495 de 2002 restringe los vehículos con trasteo entre las 6:00 p.m. y las 6:00 a.m. en todo el Distrito.

¿Un NHR o un NPR tiene restricción por tonelaje?

La restricción por peso aplica a vehículos de más de 8,5 toneladas de peso bruto. Los NHR y la mayoría de NPR quedan por debajo, pero algunos turbos y camiones grandes pueden superarlo; revisa la licencia de tránsito del vehículo.

¿Puedo trastear en La Candelaria con un camión grande?

No. Entre la Carrera 9 y la Avenida Circunvalar, y entre la Avenida Jiménez y la Calle 7, no pueden circular vehículos de carga de más de 3,5 toneladas en ningún horario. Necesitas un vehículo pequeño o transbordo.

¿Dónde consulto las restricciones vigentes?

En la página de la Secretaría Distrital de Movilidad (movilidadbogota.gov.co) y en bogota.gov.co, que publican cada mes el calendario de pico y placa para carga.

Fuentes consultadas

Esta guía es informativa. Normas, horarios y tarifas cambian: confirma con la entidad o tu contrato antes de decidir.

Sigue con estas guías